La Ley Orgánica de Educación Superior (LOES) en el Artículo 174.-
Funciones del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad
de la Educación Superior, dispone como funciones del CEAACES: Planificar, coordinar
y ejercer las actividades del proceso de evaluación, acreditación, clasificación académica
y aseguramiento de la calidad de la educación superior; así como aprobar la normativa para
dichos procesos.
Además, la ley establece que se debe priorizar las carreras de interés público, es decir, las que
comprometen el interés de la sociedad, como Medicina, Odontología, Educación, Derecho, entre
otras.
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